El BOE de 20 de noviembre de 2024 publica el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, a través del que se simplifica y moderniza la normativa existente en materia de extranjería.
Su entrada en vigor está prevista a los 6 meses de su publicación, esto es, el 20 de mayo de 2025.
Cuando llegue esa fecha, todos los permisos y tarjetas expedidos seguirán siendo válidos hasta que caduquen. Las solicitudes que se hayan presentado o se presenten antes se regirán por las reglas antiguas, salvo que la persona que las pida reclame que se tramiten conforme a este nuevo decreto si le resulta más beneficioso.
Con esta nueva norma, queda derogado el vigente Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.
El principal cambio tiene que ver con la reestructuración de los diferentes tipos de permisos y los cambios en requisitos y trámites, además de en algunas duraciones.
Como novedades más relevantes y, entre otras, cabe señalar:
- Grandes cambios en la residencia temporal.
- Se modifican diversos aspectos del arraigo con la incorporación de nuevas modalidades.
- Se mejora la regulación relativa a la residencia de hijos o tutelados.
- El arraigo a familiares españoles se amplía.
- Además, todas las personas que estén en situación irregular porque les ha sido rechazada la protección internacional, podrán pedir la autorización por arraigo.
En definitiva, con la aprobación de este nuevo Reglamento de Extranjería se busca ajustar la regulación existente a la normativa europea, proporcionar una mayor seguridad jurídica en la materia y ofrecer nuevas oportunidades a las personas migrantes y sus familias, de modo que se trata de conseguir la regularización de cientos de miles de personas en los próximos años.
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