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Todo lo que debes saber sobre el proceso de obtención de la nacionalidad española por residencia

La nacionalidad española por residencia es un proceso legal mediante el cual un ciudadano extranjero que ha residido legalmente en España durante un período específico de tiempo puede solicitar la adquisición de la nacionalidad española. Este proceso está regulado por la legislación española de nacionalidad, que establece los requisitos y procedimientos que deben cumplir los solicitantes.

Los 8 pasos principales del proceso de obtención de la Nacionalidad por residencia

1- Contacta con un abogado especializado

Cumplimenta el formulario e inicia tu trámite legal ONLINE en la web de LEGALTRAMIT y contacta con un abogado especializado para confirmar que reúnes requisitos y conoce la documentación necesaria según tu caso y el proceso a seguir.

2- Realiza los exámenes de nacionalidad CCSE/ DELE

Son organizados por el Instituto Cervantes y, son necesarios para demostrar que se cumple con una de las condiciones principales exigidas para la obtención de nacionalidad; hablamos de la integración social del ciudadano.

Para las personas nacionales de un país en el que el castellano sea la lengua oficial pueden quedar exentas de la realización del examen DELE.

3- Documentación necesaria

Si ya tienes aprobados tus exámenes CCSE y DELE es el momento de preparar y recopilar tus documentos.

El Abogado cumplimentará y te remitirá formulario de la Tasa.

Por tu parte, deberás remitirnos la documentación necesaria que te hemos requerido.

4- Digitalización y envió de documentación

El Abogado cumplimentará la solicitud telemática electrónica en la sede del Ministerio de Justicia y adjuntará la documentación digitalizada.

La documentación debe ser vigente y debidamente legalizada y traducida (si es el caso).

5- Resolución del Ministerio de Justicia

El plazo legal es de 1 año aproximadamente. Si resulta favorable, el Abogado te lo notificará inmediatamente para que te prepares para la Jura. Si se deniega, se podrá recurrir en reposición o bien, ante la Audiencia Nacional (con Abogado y procurador).

6- Día de la Jura

La jura de nacionalidad es la última fase del proceso de consecución de la ciudadanía en España. Es una acción personal ante el encargado del registro civil donde jurarás lealtad al Rey, obediencia a la constitución española y las leyes. Será en ese momento en el que realizarás tu inscripción de nacimiento en España y, renunciarás a tu nacionalidad original para pasar a tener la española, salvo los naturales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal.

7- Registro Civil

Deberás recoger la certificación de nacimiento español y revisar que los datos son correctos.

8- Toma de huellas

Por último, deberás pedir cita en la Policía Nacional. Se tramitará el DNI, el pasaporte español y, se tomarán tus huellas. Pagarás 18€ allí mismo.

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¿Cuáles son los requisitos para obtener la nacionalidad española por residencia?

  • Ser titular de una residencia temporal.
  • La regla general, exige residencia de la persona en España durante 10 años de forma legal y continuada e inmediatamente anterior a la petición.

    Excepciones:
    – 5 años para los REFUGIADOS.
    – 2 años para los NACIONALES DE PAÍSES IBEROAMERICANOS, ANDORRA, FILIPINAS, GUINE ECUATORIAL, PORTUGAL
    – 1 año para:
         – NACIDOS en territorio español.
         – NO ejerció su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción
         – SUJETO A TUTELA, GUARDA O ACOGIMIENTO de un ciudadano o institución española durante 2 años consecutivos
         – 1 año CASADO CON ESPAÑOL y, no estén separados legalmente o de hecho.
         – VIUDA/O DE ESPAÑOL, si en el momento de la muerte no estaban separados
         – NACIDO fuera de España, de padre o madre (nacidos fuera de España) pero cuyos ABUELOS ESPAÑOLES.

  • Buena conducta cívica y suficiente grado de integración en la sociedad española
  • Carencia de penales, en tu país de origen ni policiales en España los últimos 5 años.
  • Documentación debidamente legalizada y traducida
  • Examen idiomas y conocimiento (DELE/ CCSE)
  • Comprobante pago tasa

LEGALTRAMIT te ayuda a conseguir tu Nacionalidad Española por residencia sin importar en qué lugar de España vivas. 

Preguntas frecuentes sobre la obtención de la nacionalidad española por residencia

¿Qué se entiende por residencia legal y continuada en territorio español?

Es el no haberse ausentado más de 3 meses consecutivos en el último año o los dos últimos años (según el supuesto) previos a la fecha de presentación de la solicitud.

¿Mi estancia por estudios computa?

No, los permisos de estancia por estudios NUNCA computan de cara la solicitud de nacionalidad por residencia.

¿Tengo que presentar un contrato de trabajo?

No es necesario aportar un contrato de trabajo ni otros medios económicos para solicitar la Nacionalidad Española por residencia.

¿Cuántas pruebas debo realizar para obtener la nacionalidad española?

La legislación vigente, establece, entre otros requisitos, que los solicitantes deben superar 2 pruebas diseñadas y administradas por el Instituto Cervantes:

  • El diploma de español DELE nivel A2 o superior, que acredita un conocimiento básico de la lengua española.
  • La prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales de España (CCSE), que acredita el conocimiento de la Constitución Española y de la realidad social y cultural españolas.

¿Puedo estar exento de realizar los exámenes DELE A2 (o superior) aunque quiera obtener la nacionalidad española?

Sí, están exentos de realizar las pruebas DELE A2 o superior y, siempre que se acredite:

  • Los nacionales de países o territorios hispanohablantes (siempre que se trate de nacionalidad de origen y no adquirida)
  • Menores de 18 años
  • Personas con capacidad modificada judicialmente
  • Personas que tengan ya un diploma DELE A2 (o superior)
  • Personas que tengan ya un certificado de nivel básico (A2), intermedio(B1) o avanzado (B2) de las Escuelas Oficiales de Idiomas.
  • Personas que presenten trastornos o dificultades de aprendizaje en más de 65%
  • Personas que dispongan de titulación en estudios oficiales, cursados en España y en español, de nivel medio o superior
  • Personas que han realizado cursos de Educación Secundaria Obligatoria en España
  • Personas que no saben leer ni escribir (dispensa parcial)

Tengo un antiguo diploma de español DELE ¿Tiene validez todavía?

La vigencia de los diplomas de español DELE es indefinida por lo que si dispone de un diploma dele emitido antes del 2008; no es necesario volver a examinarse para acreditar tu conocimiento de español para los supuestos de nacionalidad.

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¿Cómo puedo probar que tengo un diploma DELE a los efectos de obtener la nacionalidad española?

Es muy sencillo, el solicitante, tienes dos opciones:

  1. Autorizar al Ministerio de Justicia para que consulte los resultados DELE al Instituto Cervantes.
  2. Aportar copia de su diploma de español, junto con una copia de los textos legislativos por los que se articulan los Diplomas de español (RD 1137/2022 y el RD 264/2008)

¿Cuándo se publican las calificaciones de los exámenes DELE?

Los candidatos dispondrán de los resultados de las pruebas de examen DELE en un plazo aproximado de 3 meses.

¿Hay que hacer el examen CCSE?

Sí, y deberán realizarlo todos los solicitantes excepto menores de 18 años, discapacitados o aquellas personas que tengan concedida la dispensa de los exámenes o quienes tengan un título de ESO en España.

¿Se puede estar exento de realizar la prueba CCSE en el procedimiento de obtención de la nacionalidad española?

Sí. De hecho, están exentos de realizar la prueba CCSE y siempre que lo acrediten:

  • Menores de edad
  • Personas con la capacidad modificada judicialmente
  • La dispensa es total; para los titulados en estudios oficiales, cursados en España y en español, de nivel medio o superior.
  • Titulados en Educación Secundaria Obligatoria (ESO) de España;
  • Personas con trastornos o dificultades de aprendizaje superior al 65%.
  • La dispensa es parcial; para aquellas personas que no saben leer ni escribir.

¿Cuánto cuestan los exámenes para obtener la nacionalidad española por residencia?

Los exámenes de los diplomas DELE varían según el nivel al que se presente el interesado. Así, el precio base, oscila entre 126€ y 226€.

La matrícula para realizar el examen CCSE; tiene un coste de 85 € para un máximo de hasta dos ocasiones. Este precio incluye los derechos de examen, la emisión de la certificación de calificación y, el acceso a todos los materiales de preparación, incluido el manual de preparación a la prueba.

¿Y si no apruebo los exámenes?

En el DELE, no hay segunda oportunidad en el DELE. Así, los candidatos que no resulten aptos en una convocatoria DELE, deben volver a inscribirse en el examen, y por tanto, abonar el precio establecido de nuevo.

En el CCSE y, solo en el supuesto de que un candidato no supere la prueba en el primer intento, o en el caso de que un candidato no se haya presentado en la primera convocatoria. En este caso, el candidato debe presentarse a la segunda convocatoria en el mismo centro de examen que haya realizado la primera y en un plazo máximo de 18 meses desde la inscripción.

Una vez aprobado el examen CCSE como apto, ¿cuando me darán el certificado?

20 días después.

¿Qué validez tiene el certificado?

Es válido durante 4 años.

¿Existe un manual de estudio para el examen de conocimientos CCSE?

Sí, el manual 2024 de estudio contiene 300 preguntas con sus correspondientes respuestas y nosotros nos encargamos de hacértelo llegar a tu email.

Las personas con discapacidad visual y personas no alfabetizadas pueden solicitarnos el manual en audio.

Las personas sordas que quieran prepararse la prueba también tienen a su disposición el Manual.

Asimismo, el Instituto Cervantes dispone de convocatorias extraordinarias de la prueba para administrar pruebas adaptadas a candidatos que no saben leer ni escribir (no alfabetizados). La adaptación de las pruebas CCSE para estos candidatos consiste en la administración oral del examen.

¿Cómo es la prueba CCSE?

La prueba consta de cinco tareas con 25 preguntas de selección múltiple (3 opciones de respuesta cerrada), o de verdadero/falso, sobre conocimientos constitucionales y socioculturales de España.

La duración de la prueba es de unos 45 minutos. Las respuestas correctas reciben 1 punto y las incorrectas 0 puntos. No se penalizan las respuestas incorrectas ni las respuestas en blanco.

Para superar la prueba es necesario responder correctamente 15 de las 25 preguntas (60% de las preguntas).

¿Qué hago después de tener concedida la nacionalidad española?

Tras ser concedida la solicitud de nacionalidad, las personas interesadas deberán dar un último paso:  La Jura o promesa de fidelidad al Rey, obediencia a la Constitución y a las Leyes, la renuncia a la nacionalidad anterior, cuando proceda, y la solicitud de las inscripciones correspondientes en el Registro Civil que corresponda.

Así, una vez se ha notificado la resolución de la concesión de la nacionalidad española por residencia, dispondrás de 10 días para descargar la resolución y los 180 días comienzan a contar desde ese momento.

En el caso de pasar el plazo de los 10 días desde que se ha puesta la resolución a disposición del interesado, se dará por notificado y es a partir de ese décimo día cuando comienza a contar el plazo de los 180 días.

Es a partir de ese momento, cuando deberás solicitar cita para la Jura ante el correspondiente Registro Civil del domicilio en que obre en el expediente administrativo (de ahí de la importancia de comunicar un cambio de domicilio durante la tramitación del expediente). No se puede ir a la Jura, en otro Registro Civil.

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¿Qué debo hacer en caso de recibir una resolución favorable a mi solicitud de nacionalidad española por residencia?

Paso 1- Solicitar cita en el Registro Civil para la Jura de la Nacionalidad Española

Esta cita debe ser en el Registro Civil competente, que se rige por el principio de proximidad.

Si, por el contrario, en tu municipio no existe un Registro Civil y únicamente cuenta con un Juzgado de Paz, deberás solicitar cita para la Jura en el Registro Civil de la capital del Partido judicial en cuestión.

¿Qué sucede si he cambiado de domicilio durante la tramitación de mi solicitud de nacionalidad por residencia?

¿Qué sucede si he cambiado de domicilio durante la tramitación de mi solicitud de nacionalidad por residencia?

En tal caso, se permitirá jurar en localidad distinta a la contenida en la resolución si el empadronamiento de esa ubicación se ha producido antes de recibir la resolución de concesión.

Cabe remarcar la importancia de notificar los cambios de domicilio de las personas interesadas, a efectos de evitar dificultades a la hora de prestar el juramento.

Paso 2- Acudir al Registro Civil el día asignado para la Jura

De acuerdo con el art. 12.3 de la Orden JUS/1625/2016, en el acto de la Jura el Encargado del Registro Civil comprobará con la documentación original la autenticidad de la documentación escaneada y aportada al expediente electrónico por su representante. Es por eso, que deberéis acudir con la documentación original que se aportó, a fin de que ese mismo día pueda comprobarse la autenticidad de esta.

Paso 3- Juramento de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y leyes españolas

El encargado del Registro Civil extenderá un acta en la que la persona interesada deberá firmar su juramente y/o promesa a tales efectos.

Paso 4- Pérdida o conservación de la nacionalidad anterior.

¿Qué pasa si te dan cita para el día 200 tras la notificación de la resolución, pero has solicitado la cita en el plazo de los 180 días?

No hay problema. No obstante, y sólo en estos casos resulta recomendable hacer ante Notario la Jura, que en este caso se hace en forma de Acta de Manifestaciones.

¿Cuáles son los motivos más usuales de denegación de Nacionalidad?

Los motivos más usuales de denegación son:

  • Disponer de antecedentes penales
  • Certificado de antecedentes penales caducado
  • Antecedentes policiales
  • Computar el tiempo de estancia como estudiante como si fuera de residencia
  • Presentación del expediente antes de cumplir el plazo mínimo de residencia legal y continuada anterior a la solicitud